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La “Ley Cazzu” y el problema estructural de la crianza en soledad - 94diez

INFORMACIóN | 10 ABR 2026

SOCIEDAD

La “Ley Cazzu” y el problema estructural de la crianza en soledad

El caso reabre el debate sobre la responsabilidad parental, la burocracia y la desigualdad en los cuidados.




Hay algo incómodo en el hecho de que una ley lleve el nombre de una artista viva; más aún cuando esa artista es Cazzu: una feminista polémica, que irrumpió en el mundo de la música urbana, en ese entonces dominado por varones, sin pedir perdón ni permiso. Cazzu se acostumbró a incomodar: luchó con medio mundo para ganarse su lugar en el mainstream hasta ser respetada por los más grandes del género. Hoy aparece asociada a una discusión que excede largamente el terreno de la música.

Tras una separación en mayo de 2024, la artista denunció en distintas oportunidades que el padre de su hija, el cantante mexicano Christian Nodal, se negaba a firmar permisos para que Inti pueda viajar con ella al exterior durante sus giras. Esto la obligó a recurrir reiteradamente a autorizaciones judiciales para poder salir del país: el episodio más reciente ocurrió en abril de 2026, cuando —según su entorno— Nodal habría vuelto a negar el permiso para la gira Latinaje Tour 2026 en Estados Unidos, forzando nuevamente la intervención de la justicia. Cazzu también reclama que el monto que recibe en concepto de alimentos no alcanza para cubrir los gastos de Inti, a quien ella cría sola en Argentina, mientras que Nodal continúa su vida en México con su nueva pareja, la cantante Angela Aguilar. La necesidad de recurrir reiteradamente a la justicia para resolver permisos básicos pone en evidencia una dinámica donde la burocracia termina poniendo límites materiales que obstaculizan el trabajo de cuidado de quienes sí lo sostienen.

Esta modificación del Código Civil surge como análoga de otra “Ley Cazzu” presentada en México, proyecto presentado los días 11 y 12 de marzo de 2026 en el Congreso del Estado de Michoacán, en el marco de las actividades vinculadas al Día Internacional de la Mujer. La propuesta fue impulsada por la diputada Sandra Arreola Ruiz, coordinadora del Partido Verde Ecologista de México en ese Congreso, mediante la presentación formal de una iniciativa que, aunque de alcance estatal, busca promover una reforma constitucional a nivel nacional, modificando el artículo 4° de la Constitución mexicana. Su intención es priorizar el interés superior de niñas, niños y adolescentes en casos de abandono parental o incumplimiento grave —como la falta de pago de la pensión alimentaria—, permitiendo que el progenitor a cargo pueda realizar trámites como pasaportes, viajes o inscripciones escolares sin necesidad de la autorización del otro. Durante su presentación, Arreola señaló que el caso mediático de Cazzu y Christian Nodal contribuyó a visibilizar una problemática extendida en miles de familias mexicanas, atravesadas por obstáculos legales que persisten incluso cuando uno de los progenitores está ausente. Según el planteo de la diputada, la iniciativa no se encuadra como una ley de género sino como una medida aplicable a cualquier situación de abandono.

El trasfondo estadístico muestra la magnitud del fenómeno: México presenta una de las tasas más altas de hogares monoparentales en América Latina, con un patrón fuertemente feminizado: entre el 80% y el 90% de estos hogares están encabezados por mujeres. Se estima que más de 11 millones de niños crecen sin padre en el hogar, y que 4 de cada 10 hogares carecen de una figura paterna presente, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía y análisis del IMCO. En ese contexto, solo 2 de cada 10 madres reciben la pensión alimentaria de forma constante, mientras que entre el 58% y el 68% de los padres separados no cumplen o lo hacen de manera irregular. A estas estadísticas se suma la información del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA), creado en 2023 a partir de la llamada Ley Sabina y administrado por el Sistema Nacional DIF. El registro concentra a personas con deudas alimentarias y muestra tendencias consistentes: el 96% de los inscriptos son varones. En la Ciudad de México, por ejemplo, ya se contabilizan más de 1.500 deudores registrados. En conjunto, los datos refuerzan la idea de que el problema no es marginal, sino estructural, y que impacta directamente en las condiciones de vida de millones de niños y de las mujeres que sostienen su crianza. Hasta abril de 2026, el proyecto se encuentra en discusión en comisiones del Congreso de Michoacán y, en caso de avanzar, podría ser elevado al Congreso de la Unión para su tratamiento a nivel nacional.

El problema se repite en nuestro país: en Argentina, según datos recientes de UNICEF, cerca del 70% de los padres obligados a pagar cuota alimentaria no lo hace en tiempo y forma. La cifra no solo habla de incumplimiento, repite el patrón mexicano: en la enorme mayoría de los hogares monoparentales, la carga económica y de cuidados recae casi exclusivamente sobre las mujeres. Y en un contexto de salarios deteriorados, inflación persistente y precarización laboral, ese desequilibrio se traduce rápidamente en empobrecimiento. Los números ayudan a dimensionar la problemática con mayor facilidad: de acuerdo con el INDEC, la canasta de crianza ya supera los 480 mil pesos mensuales y puede escalar por encima de los 600 mil. En ese escenario, la falta de pago de la cuota alimentaria se torna una forma de violencia económica que profundiza desigualdades estructurales en escalas enormes.

En los últimos años se empezó a utilizar un concepto que permite nombrar y visibilizar este fenómeno: la violencia vicaria. El término, acuñado en 2012 por la psicóloga clínica y forense Sonia Vaccaro, refiere a una forma de violencia de género en la que los hijos e hijas son utilizados como medio para perjudicar al otro progenitor. A veces se expresa en obstáculos cotidianos —permisos que no se firman, decisiones que se bloquean—; otras, en maniobras más persistentes: desacreditar a la madre frente a ellos, usarlos como intermediarios o como fuente de presión. También aparece el abandono selectivo: la retirada en lo económico o afectivo, combinada con intervenciones puntuales destinadas a generar conflicto. En los casos más extremos, esa lógica escala hacia amenazas o situaciones de violencia directa. El reconocimiento de esta problemática implicó avances en algunos marcos legales. En España, la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género incorporó, en 2004, la idea de que los hijos también son víctimas cuando son utilizados para dañar a sus madres. En América Latina, el concepto circula cada vez más, aunque su tipificación específica todavía está en debate.

La propuesta de la “Ley Cazzu” derivó en una plataforma en Change.org que ya reúne más de 37 mil firmas y, sobre todo, miles de relatos. Historias que se repiten con variaciones mínimas: padres que desaparecen pero reaparecen para bloquear decisiones, visitas itinerantes, años sin contacto combinados con aportes económicos irrisorios: “El progenitor de mi hija la vio una vez en su vida y después se borró. Cuando quise viajar, no me firmó los papeles por celos”; “siete años sin contacto y pasando una miseria de plata”; “es injusto para los menores que quieren estar con quienes los cuidan”.

Evidentemente, hizo falta un nombre propio —y una escena mediática— para poner en agenda algo que afecta a millones de mujeres hace años. Fue necesario también que una artista conocida por su música sacará a la luz los asuntos íntimos de su familia para que lo estructural empiece a discutirse. Lo que la ley expone. Es un sistema que todavía tolera —y a veces facilita— la desvinculación paterna, mientras descarga sobre las mujeres el costo material, emocional y cotidiano de sostener la vida. Y eso, a esta altura, ya no puede seguir siendo leído como un problema privado.