domingo 07 de julio de 2024

Información | 29 sep 2023

política

Radar inglés: Pablo Blanco realizó una denuncia en la Fiscalía de Estado de la Provincia

"Me presenté en la Fiscalía de Estado de Tierra del Fuego para solicitar que se inicie una investigación sobre todo el circuito de la administración pública que permitió que la firma de capitales irlandeses e ingleses LeoLabs instale el radar cerca de la localidad de Tolhuin", comunicó el Senador en su cuenta de X.


Por: boca de pozo

                                                         Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 28 de septiembre de 2023

SR. FISCAL DE ESTADO DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, AeIAS

Dr. Virgilio MARTÍNEZ DE SUCRE

S /  D

 

Ref. : Radar Ruta 3  km 2946 Tolhuin Leolabs Argentina SRL.

 

Pablo Daniel Blanco, DNI 10.626.072, con domicilio real en Cabo de Hornos 769 y constituyendo allí el mismo en los términos de la LPA, ambos de la ciudad de Río Grande,  se presenta ante la Fiscalía de Estado de la Provincia de Tierra del Fuego AeIAS y formalmente digo:

 

I.  OBJETO:

Vengo a solicitar por Vtro. intermedio se disponga la investigación pertinente de la conducta administrativa de los funcionarios y agentes involucrados y que tomaron parte del proceso (por acción u omisión) y consecuente control de legalidad de la actividad del Estado y sus funcionarios en torno a la instalación del radar para supuesta búsqueda y rastreo de basura espacial por parte de la empresa multinacional  Leolabs  en la Ruta 3 km. 2946 Tolhuin, en un íter administrativo que dataría al menos del año 2021, de acuerdo al siguiente detalle:

 

II – HECHOS:

a) El 4 de marzo del año 2022 se publican los primeros edictos en el Boletín Oficial de la provincia haciendo saber la inscripción ante la Inspección General de Justicia de las sociedades extranjeras Leolabs Space Holdongs Limited (de origen irlandés) y Leolabs Limited (de origen inglés).

b) El 6 de abril del 2022 se publica con idénticos fines la constitución de Leolabs Argentina SRL, constituida el 30/03/2022, integrada por Leolabs Space Holdings Limited  y Leolabs Limited, cuyo objeto social es la construcción y operación de radares para rastrear satélites y desechos espaciales; realizar el procesamiento de datos y comercializar los mismos. Es de resaltar que la Disposición IGJ N° 313/2022 por la cual se dispone esta inscripción es suscripta por el Inspector General de Justicia de la IGJ, dando cuenta del origen de los capitales, la conformación y destino de la sociedad en nuestro país y específicamente en nuestra provincia.

c) La Subsecretaria de Telecomunicaciones y Conectividad (dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación) es la autoridad nacional que otorgó el permiso precario para funcionar a la empresa mediante Disposición N° 8/22 de fecha 15/11/22, por la cual se autoriza con carácter precario  “a instalar  y poner en funcionamiento una Estación Terrena en Banda S, con el fin de rastrear y monitorear objetos en ambiente LEO (Low Earth Orbit)….”.

(Aun cuando la intervención de esta Subsecretaría sea la instancia prevista en la Ley 27078, que sea la autoridad competente no prohíbe la intervención de otras áreas tales como Defensa y Cancillería).

d) El 4 de julio del 2022, a tenor de las propias manifestaciones de la representante de la empresa Leolabs SRL se confirma que lo que se anunciaba como proyecto ya estaba instalado como Estación Terrena Tolhuin en las inmediaciones de la Estancia El Relincho, en la Ruta Nacional 3 km 2946 Tolhuin.

e) El 13 de junio de 2022 el Sr. Ministro de Defensa de la Nación solicita colaboración al Sr. Ministro Jefe de Gabinete de la Nación sobre la actividad de la empresa “en la provincia de Tierra del Fuego, AeIAS; las gestiones realizadas, convenios celebrados, autorizaciones que pudieran  haber sido concedidas y todo otro dato que permita aclarar la situación, atento la estrecha vinculación entre el objeto social de la empresa y las cuestiones inherentes a la defensa nacional en una zona de primordial relevancia geoestratégica con proyección hacia la Antártida”.

f) A consecuencia de dicha solicitud de colaboración,  la misma Subsecretaría de Telecomunicaciones y Conectividad dispone la suspensión del permiso precario otorgado a la empresa Leolabs dando intervención al Ministerio de Defensa y de Relaciones Exteriores y Culto (Disposición 14/23).

g) Informe  Ministerio de Defensa de fecha 1/8/23 mediante el cual se “…solicita la cancelación y suspensión definitiva a la instalación y puesta en funcionamiento de la Estación AGSR de Leolabs Argentina SRL……… por vulnerar la seguridad nacional y ser incompatible con la Directiva de Política de Defensa Nacional – Decreto 457/2021 .”

h) Nota de fecha 22 de agosto de 2023 que le remití personalmente a la Sra. Ministra de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos de TDFAeIAS, solicitando copia íntegra certificada de  el/los expediente/s administrativos mediante los cuales tramitara por ante la Inspección General de Justicia todas las actuaciones precedentes, incluyendo registración de las sociedades extranjeras Leolabs Space Holdings Limited  y Leolabs Limited, así como de la constitución y registración de Leolabs Argentina SRL, así como toda otra actuación o presentación vinculada con la gestión de las empresas y/o sus representantes.

Reiteración de la Nota se remitió el 20 de septiembre sin que a la fecha haya sido respondida.

i) Disposición 15/23  Subsecretaría de Telecomunicaciones y Conectividad del 23/8/23 por la cual se cancela totalmente la autorización otorgada antes referida.

j) Nota  N° 144/2023 GOB TDF dirigida al Sr. Ministro de Defensa solicitando se arbitren los medios necesarios para garantizar la inoperatividad definitiva y constante de dicha instalación en territorio fueguino”, suscripta por el Gobernador Melella.

k) Nota Subsecretaría de Telecomunicaciones y Conectividad  del mismo 20/9/23 en respuesta, por la cual solicita se informe “…..las medidas que, por ser de competencia provincial, se han tomado o tomarán para consolidar el proceso de cancelación, respecto de las siguientes cuestiones que hubieran sido instrumentadas por el Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego con carácter previo a la autorización precaria de la Estación Terrena y posteriores a ella…..”, enfatizando que es el gobierno local, como autoridad provincial, quien debe efectuar las acciones de jurisdicción provincial necesarias para concretar el proceso de cancelación total.

l) Nota Reg. Gobierno de la Provincia N° 1070 de fecha 26/9/23 remitida por la Empresa Leolabs dirigida al gobernador por la cual se comunica que retirará ciertas parte electrónicas de la estación terrena espacial (es decir, no se desmantela); que ha apelado la cancelación; que solicitará estimativamente el 29 del corriente el corte del suministro de energía a la DPE, y que solicitará en el ámbito de la Inspección General de Justicia la transferencia de las cuotas de los actuales socios de la sociedad a dos sociedades del mismo grupo pero con domicilio en los EEUU,a inscribirse en los términos de la Ley General de Sociedades N° 19550.

m) Reunión de Comisión de Relaciones Exteriores y Culto del Honorable Senado de la Nación de fecha 27 de septiembre 2023, de la que formo parte y a la cual asistió el Sr. Ministro Santiago Cafiero, oportunidad en la que preguntado que fuera sobre responsabilidades y demás detalles atinentes a este tema brinda respuesta concreta y contundente. El desarrollo de dicha intervención puede seguirse por Youtube, a partir del minuto 1´25”40.

 

PETITORIO

En razón de los hechos y antecedentes expuestos, y teniendo en consideración incluso las consecuencias negativas y / o dañinas que esta instalación podría causar o haber causado ya en términos de seguridad nacional y defensa, de acuerdo a los objetivos de reclamación en los foros internacionales de nuestra soberanía sobre Malvinas y el acceso directo a la Antártida como objetivo geopolítico, así como en términos económicos ante el eventual reclamo patrimonial que pudiere tener que enfrentar la provincia por parte de la empresa, solicito  se disponga por Vtro. intermedio la investigación pertinente de la conducta administrativa de los funcionarios y agentes involucrados y que tomaron parte del proceso (por acción u omisión) y consecuente control de legalidad de la actividad del Estado y sus funcionarios en torno a la instalación del radar referida, la delimitación de responsabilidades y, de corresponder, se formulen las denuncias que correspondieren en razón de la investigación practicada.

 

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